SE DECLARÓ CON LUGAR el presente recurso de apelación y en consecuencia ordena, la entrega total del vehiculo Minibús, sin placas, marca Paz, color Rojo y blanco, año 1993, serial carrocería Nº 9300091 al ciudadano FÉLIX DAVID GRATEROL LADERA, quien dijo ser venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 11.794.374 y domiciliado en el Barrio Merecurito, entre la Universidad Rómulo Gallegos y la estación de servicios Texacos, casa Nº 51, a los fines de restablecerle el uso, goce y disfrute del mismo, por tener la condición de poseedor para el momento en que fue retenido, y no existir por parte de la fiscalía, la presentación del resultado de la investigación que le fue ordenada por el tribunal de la recurrida en fecha 11-09-2003, donde se determinaría si se había cometido algún ilícito penal. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 311, 312, 315, del Código Orgánico Procesal Penal en armonía con el artículo 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela......