Se declaró CON LUGAR la inhibición formulada por la secretaria titular de la Corte de Apelaciones del estado Guárico, Abg. Esmeralda Ramírez, para separarse del conocimiento de la causa N° JP01-R-2006-000011. Todo de conformidad con previsto en el numeral 5° del artículo 86 y 87 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 53 de la Ley Orgánica del Poder Judicial