Se declaró, con lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensora pública María Elena Olivares Sosa, en representación del imputado Alberto José Rodríguez Cabeza, contra la decisión del Juzgado 1° de Juicio de este Circuito, extensión Valle de La Pascua, del 03 de marzo de 2006, que declaró sin lugar la presente acción de amparo constitucional, y por vía de consecuencia revoca el fallo descrito del ad quo, ordenando al ciudadano Jefe de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito, extensión Valle de La Pascua, reciba y tramite la acción recursiva interpuesta por la accionante María Elena Olivares Sosa, interpuesta contra la decisión del Juzgado 3° de Control de la misma extensión y del mismo Circuito de fecha 06-02-2006, que dictó medida cautelar sustitutiva de libertad contra el mencionado indicioso. Así se establece. La recurrida se encargará de hacer cumplir dicho mandato. Se funda la presente decisión en los artículos 7, 26 y 49.1 Constitucional, e.....