VI
DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados HEILYN CAROLINA LARA Y ELIAS DE JESÚS QUIAME GIL, en su condición de Defensores Privados de los ciudadanos NARCISO JOSÉ PEREZ SUAREZ, y CARLOS EDUARDO CARRILLO, en la causa Nº JP21-P-2014-000039, en contra de la decisión dictada en fecha 10/01/2014, y publicada en fecha 14/01/2014 por el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 02, del Circuito Judicial Penal Extensión Valle de la Pascua, en la cual, entre otras cosas decretó de la Medida Privativa Judicial Preventiva De Libertad, en contra de los ciudadanos antes mencionado, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta c.....