DISPOSITIVA
Con base en las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se pronuncia: PRIMERO: Declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado CARLOS LUIS SÁNCHEZ CHACÍN, Fiscal Provisorio Tercero (3º) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en contra de la sentencia pronunciada en la apertura del juicio oral y público en fecha 10 de marzo de 2016, y publicada in extenso en fecha 14 de marzo de 2016, por el Juzgado Segundo (2º) de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de Los Morros, que condenó a los ciudadanos ANGELI CANO REYES, KLEIVER DAVID MARTÍNEZ VILLEGAS, ROSANNA ELIZABETH GUZMÁN ARCILA, MANUEL JOSÉ VARGAS RODRÍGUEZ y JORDDY ARQUÍMEDES CABEZA TELLO, a cumplir la pena de cuatro (4) años, nueve.....