DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su competencia de PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOSLESCENTES (Obligación de Manutención), Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, con vista a los argumentos fácticos y normativos antes aludidos DECLARA:
ÚNICO: La extinción de la presente obligación de manutención, seguida por la ciudadana YVONNE JOSEFINA MARTINEZ GOMEZ , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-11.793.954, con domicilio en la Urbanización El Samàn, calle 03, casa Nº B-19, en esta ciudad de Calabozo, Estado-Guárico, actuando en representación de su hija (IDENTIDAD OMITIDA), contra MARCOS SALVADOR GALBAN ARTAHONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-12.476.765, con domicilio en Misión Arriba, en esta ciudad .....