En merito de las anteriores consideraciones, este Juzgado de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA SIN LUGAR la presente demanda de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana LIGIA NOHEMI BEROES SOTO, en contra del ciudadano FIDENCIO RAMON ORTUÑO SOFONTES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad No. V-20.399.298 y V-19.275.199. Notifíquese a las partes de la presente sentencia. Así se decide.- Cúmplase.- PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.-
No hay condenatorias en costas por la naturaleza del presente fallo. Así se decide
Dada y sellada en la Sala de despacho del Tribunal de los Municipios José Tadeo Monagas y San José Guarico de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.- a los cinco (5) días del mes de marzo de 2013. Años 202° y 153°.
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