Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUAN Y SAN GERONIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara Juan Bautista Hernandez, quien era titular de la cedula de identidad N° V-5.152.805, a la ciudadana: JOSEFA RAMONA LAYA CUNEMO, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada y residenciada en la Urbanizaciòn Cañafistola, vereda 39, Sector 02, Casa nº 03 de esta Ciudad de Calabozo, Estado Guàrico, titular de la cedula de identidad N° V-2.006.542, y a sus legitimos hijos: ARMANDO JOSE HERNANDEZ LAYA, NAYBET NATHALI HERNANDEZ LAYA, YORBELI DEL CARMEN HERNANDEZ NEGRON, JOHANNA SAIRET HERNANDEZ LAYA, JUAN JOSE HERNANDEZ LAYA, JAQUELINE DEL CARMEN HERNANDEZ NEGRON, YULEIMA GUILLERMINA HERNANDEZ CALDERA, Y.....