Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA SUFICIENTE las Justificaciones para asegurar la posesión y propiedad a favor de la Empresa Mercantil INMOBILIARIA ROJAS & FLORES C. A, inscrita en el Registro Mercantil III, del Estado Guarico, en fecha 19-02-2016, bajo el Nº 43, Tomo 3-A, e inscrito en el Registro de Información Fiscal (RIF) Nº J-40737752-3, representada por su Director Gerente ciudadano ALCIDES ENRIQUE FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.100.819, respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurias construidas en un lote de terreno propio, constante de TRES MIL DOSCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS (3.220, 30 M2), ubicado de l.....