DISPOSITIVA
Este Tribunal oídas las exposiciones de las partes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley pasó a realizar sus consideraciones PRIMERO: Se admite la acusación fiscal por los delitos de VIOLENCIA FÍSICA previstos y sancionados en los artículos 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, en contra del imputado RAFAEL EDUARDO SANCHEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 17.271.719, natural de esta ciudad, nacido en fecha 29/09/84, de 25 años de edad, de profesión u oficio Obrero, de estado civil soltero, residenciado en la Urbanización Rómulo Gallegos, Sector 4, vereda 14, Casa Nº 01, de esta ciudad, cometido en perjuicio de la ciudadana MAYRA ALEJANDRA PEREZ VELIZ. SEGUNDO: Admite totalmente las pruebas ofrecidas, a tenor de lo dispuesto en el artículo 330 numeral 9° Ejusdem. TERCERO: Admitido los hechos por el ciudadano imputado RAFAEL EDUARDO SANCHEZ, este tribunal acuerda la susp.....