En mérito de lo anteriormente analizado este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro Zaraza, de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, actuando en sede de Protección del Niño y del Adolescente, con competencia para la fijación de la obligación de manutención, por órgano de quien suscribe, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud aumento de obligación de manutención, incoada por la ciudadana VIANNELY JOSEFINA QUIAME, venezolana, mayor de edad, soltera, Licenciada en Educación, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.636.387, domiciliada en Avenida Troconis, Casa Nº 78, Sector El Paraíso de esta ciudad de Zaraza, Municipio Pedro Zaraza del Estado Guárico, en contra del ciudadano JACINTO RAMÓN RAMIREZ REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.554.350, domiciliado en Calle Las Gardenias cruce con Calle Las Rosas, Sector El Pe.....