DISPOSITIVA
En consecuencia, cumplidas con todas las formalidades de ley, y de conformidad con el artículo 253 de la Constitución de la República, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMÀN ROSCIO Y ORTIZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, con fundamento en lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud y en consecuencia declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: MAYRETT ALEJANDRA TIRADO DE DOMINGUEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-18.616.869, y EDUARDO ARTURO TIRADO ROMERO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-18.616.870, hijos de la de cujus HAYDEE MARGARITA ROMERO CORONEL, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.726.053, quien falleció como consta en Acta de Defunción N° 1449, expedida .....