DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte Única de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que Corte de Apelaciones, :
PRIMERO: DECLARA DE OFICIO LA NULIDAD ABSOLUTA de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 2, de fecha 29 de noviembre 2010, y del acta del cierre del debate del Juicio oral y publico de fecha 09 de noviembre de 2010, que Condeno en celebración de juicio Mixto con Escabinos, salvando su Voto el Juez profesional, a los ciudadanos SIMON ALEXIS MOTABAN SANCHEZ venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº: V.-13.858.941, de 30 años de edad, natural de Altagracia de Orituco, Estado Guárico, nacido el día 17-12--1978, de oficio vigilant.....