PRIMERO: Admite en su totalidad la acusación presentada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Guárico, en contra de los ciudadanos MARÌA JACKELINE NAVARRETO, natural de Calabozo-Estado Guárico, donde nació el día11-11-1973, de 27 años, soltera, de profesión u oficio del Hogar, hija de María Navarrete (v) y José Delgado (v), residenciada en Barrio San José, manzana F2, casa Nº 13, cerca del auto lavado de esta ciudad, titular de la cédula de identidad V-13.949.192, y EUDE ISRAEL MARQUEZ, natural de Calabozo-Estado Guárico, donde nació el día 13-11-1972, de 38 años, casado, de profesión u oficio Albañil, hija de Carmen Márquez (v) y José Maluenga (v), residenciada en Barrio San José, calle Principal, manzana, casa Nº 13, cerca del auto lavado de esta ciudad, titular de la cédula de identidad V-11.793.502, por la presunta comisión del delito INVASIÒN A INMUEBLE AJENO, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana MARÌA FILOME.....