DISPOSITIVA
Por todo los razonamientos antes expuesto, este Juzgado Primero de Ejecución del Tribunal de Primera Instancia en del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le otorga al penado, titular de la Cédula de Identidad N° 19.461.588 actualmente en el Internado Judicial Anzoátegui, Barcelona BENEFICIO DE CONFINAMIENTO, conmutándole el resto de la condena que le falta por cumplir donde la residencia del ciudadano, ERIS ADELSO MACAYO FLORES, titular de la Cédula de Identidad N° 19.461.588, quien debe residenciarse en la RESIDENCIA del ciudadano ALBERTO CELETINO MACAYO MORALES, titular de la cedula de identidad Nº V-5.487.645, en la calle Nueva Nº 143 de la Municipio Manuel Ezequiel Bruzual Parroquia Guanape, Estado Anzoátegui , hasta el 26 DE NOVIEMBRE DEL 2015 ,fecha en la que se le decretará su Libertad Plena, todo de conformidad con lo previsto en el artíc.....