DISPOSITIVA.
De lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Conmutación del resto de la pena que le falta por cumplir al condenado BELLO NIEVES DIXON RAFAEL, Venezolano, natural de Calabozo, de 19 años de edad, hijo de Pedro Felipe Febres y de Delia Josefina de Febres, Soltero, Obrero, residenciado en el Barrio Los Indios, Calle Zaraza, casa N° 07 de esta ciudad, titular de la cédula de identidad N° 17.602.971, en CONFINAMIENTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 del Código Penal en concordancia con el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual deberá cumplir en el Banco Obrero Sector La Esenada, Calla José Rodriguez Saéz Vereda 8, casa N° 02 Casa de Alicia Magallanes, San Juan de los Morros, debiendo presentarse cada Trein.....