Se declaró, sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Elías de Jesús Quiame Gil, ampliamente identificado en autos, contra la sentencia definitiva del Juzgado 1° de Juicio de este Circuito, extensión Valle de La Pascua, de fecha 05 de agosto de 2008, tomado en el asunto N° JP21-P-2007-006640, de su catalogo de causas, que condenó al ciudadano Edgar Celestino Vegas, a cumplir la pena de 6 años y 1 mes de prisión, como responsable de los delitos de actos lascivos y robo agravado en grado de tentativa, conforme a las disposiciones sustantivas de carácter penal contenidas en los artículos 376, 458, 80, 77.8.12 del Código Penal, por lo que en consecuencia se confirma la sentencia apelada. Se funda la decisión en los artículos 451, 452, 453, 454, 455, 456 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.