Por los razonamientos anteriormente expresados, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, en su competencia CIVIL, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por la ciudadana MERCEDES MARÍA JASPE RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.797.725, con domicilio en la Comunidad de Guamachito, calle 3, casa Nº 42-58 de esta ciudad de Calabozo, Estado-Guárico; contra el ciudadano JOSÉ MARTIN FLORES MOGOLLON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.565.394, con domicilio en la Comunidad Vicario III con carrera 4, casa Nº 4-11 de esta ciudad de Calabozo, Estado Guárico; con fundamento en el numeral Segundo (2do.) del Artículo 185 del Código Civil, en concordancia con el artículo 755 y sub.....