Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: Se ACUERDA MANTENER el lugar de cumplimiento del Régimen de Presentación impuesto al ORTIZ CASTAÑEDA JUAN JAVIER, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 9.230.682, natural de Maracay, Estado Aragua, con fecha de nacimiento el 24/05/65, 41 años de edad, hijo de los ciudadanos Trina Castañeda y Horacio Ortiz, con residencia en la calle Colón, casa s/n, Las Mercedes del Llano, Estado Guárico y el régimen de presentación cada 15 días, hasta tanto se tenga certeza sobre la dirección exacta del acusado. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.