Por todos los fundamentos de hechos y de derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ACUERDA Homologar el acuerdo reparatorio, por cumplimiento total del mismo, y de conformidad con lo establecido en los artículos 40 segundo aparte, 48 ordinal 6° y 318 ordinal 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal, decreta el SOBRESEIMIENTO del presente asunto penal, así como la Extinción de la acción penal, a favor del ciudadano EDGAR ALEXANDER BRIZUELA RODRIGUEZ, por la comisión del delito de : HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453 ordinal 1º del Código Penal, hecho perpetrado en perjuicio de la Empresa kayson
Regístrese, Publíquese, Déjese Copia Certificada. Notifíquese a las Partes. Cúmplase
Dada, Firmada.....