este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; administrando Justicia en nombre de Dios, de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR como ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y en consecuencia conforme a los autos se declara a su esposa a su esposa CIPRIANA NARVAEZ DE SECO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.640.279, domiciliada en Altagracia de Orituco, del estado Guárico y a sus hijos, JOSE LUIS, JUAN VICENTE, DERVI WLADIMIR, MARY KATIUSKA, LEONCIO ANTONIO, NAPOLEON SECO NARVAEZ, Y MIRTHA MAIGUALIZ SECO DE TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.070.188, V-10.498.074, V-17.372.513, V-18.066.549, V-13.621.839, V-6.420.203, V-11.366.809, como ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos dejados por el DE CUJUS LEON.....