Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO a favor del ciudadano WUILY WUILFREDO ACEVEDO ZEGARRA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.906.393, de este domicilio, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno Municipal constante de una superficie de NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS CON DIECIOCHO CENTÍMETROS (91,18 M2), ubicada en el Barrio 4 de Febrero, Sector El Mangal, Avenida Antonio José de Sucre, Casa S/N, de la ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, con los siguientes linderos: NORTE: Ejidos Municipales en (10,73 Mts), SUR: Gerónimo Acevedo en (10,65 Mts), ESTE: Finca San Luís en (8,53 Mts) y OE.....