Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico. Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se decreta la aprehensión en flagrancia del ciudadano YOSELIN ALEXANDER NOVOA MARTINEZ, quien es venezolano, natural de Calabozo-Estado Guárico, nacido en fecha 27-11-1990, de 19 años de edad, soltero, albañil, hijo de Reina Martínez (v) y Emilio Novoa (v), residenciado en el barrio La Trinidad, Calle 5, casa Nº 48, frente a la cancha de la escuela la Trinidad, de esta ciudad, y titular de la cédula de identidad Nº V-24.662.401, conforme a lo previsto en los artículos 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que se encuentran llenas las exigencias establecidas en dichos artículos, por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionad.....