Por las razones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMAN ROSCIO Y ORTIZ de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA A PLAZO, intentó el Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), a través de su Apoderada Judicial, Abogada Rosa María VERMIGLIO, contra el ciudadano, ROBERT ALEXANDER FIGUEREDO TIRADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V- 11.235.313, y en consecuencia, resuelto el contrato de venta a plazo, condena a éste último a entregar a la parte actora el inmueble de su propiedad, constituido por una casa de habitación ubicada en el Sector 03, calle 11, casa No. 11, Urbanización Simón Rodríguez, Calabozo Municipio Francisco de Miranda, Estado Guarico, sobre un área de terreno que no se incluye en la venta y que mide una extensión de Ci.....