III.
Por todo lo ante expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la parte actora Ciudadano FREDDY CRISTÓBAL COLMENAREZ SARMIENTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.708.617 y domiciliada en la Urbanización Francisco de Miranda, Sector 03, Vereda 48, N° 08. Se CONFIRMA el fallo de la recurrida, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de Calabozo, de fecha 29 de Julio del año 2.009. En consecuencia se declara SIN LUGAR la demanda de divorcio interpuesto por la parte actora por un supuesto abandono voluntario del reo, fundamentado en el ordinal 2 del artículo 185 del Código Civil, y así se establece.
SEGUNDO: De con.....