Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento en contra de la sociedad mercantil LA ELEGANCIA, C.A., efectuado por la profesional del derecho, ciudadana RAQUEL JOSEFINA SUÁREZ TORREALBA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-8.801.494, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 55.334, en su carácter de coapoderada judicial del ciudadano HÉCTOR JOSÉ CACHIMA MEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-14.601.111, parte actora, ello atendiendo a lo dispuesto en los artículos 147, 263, 264 y 266 del Código de Procedimiento .....