En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE REVOCAR EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO otorgado al penado AQUILES RAFAEL SEGURA MARRUFO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº: V.-4.689.040, con fecha de nacimiento el 03/01/55, de 54 años de edad, natural de Cumaná, Estado Sucre, hijo de los ciudadanos Magdalena Marrufo y Aquiles Segura, actualmente confinado en Calle Camejo, Nº 10, Villa De Cura, Estado Aragua, Teléfono 0244/3861702. En consecuencia SE ORDENA SU CAPTURA y la celebración de una AUDIENCIA ORAL una vez efectiva, a los fines de escuchar al penado sobre las razones del incumplimiento. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 511 del código Orgánico Proces.....