PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la pretensión de reivindicación interpuesta por la parte actora Ciudadana MARIA LIANA CARLESI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 2.942.718, y domiciliado en la Ciudad de Caracas, sobre el inmueble con las medidas y linderos cuya reivindicación pretende ésta, vale decir, los siguientes NORTE: Inmueble de Teresa Peña, en Treinta y Tres Metros con Veinte centímetros (33,20 Mtrs); SUR: Calle Cuatro (04) de la Urbanización “Misión Arriba”, en Treinta y Tres Metros con Noventa centímetros (33,90 Mtrs), ESTE: Inmueble de Norelly Castellano, en Treinta y Seis Metros con Cincuenta Centímetros (36,50 Mts); y OESTE: Carrera Tres (03) de la Urbanización “Misión Arriba”, en Treinta y Ocho con Veinte Centímetros (38,20 Mts); al no demostrar la propiedad sobre un inmueble que contengan dichas medidas y linderos, siendo que, tampoco asumió la carga probatoria u “Omnus Probandi”, relativa a que dicho inmue.....