Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico y con competencia en Régimen Procesal Transitorio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y teniendo por Norte el Interés Superior del adolescente (Identidad omitida de Conformidad al Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), y los niños (Identidades omitidas de Conformidad al Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Fijación de la Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana MARIA GRACIELA RENGIFO, en contra del ciudadano JOSE GREGORIO PARRA ASTUDILLO, ampliamente identificados en autos, en consecuencia, se fija como obligación de manutención definitiva la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES MENSUALES (Bs. F 450,00). Asimismo, se fija.....