DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION presentada por la Fiscalía 4° del Ministerio Público, en contra de la ciudadana YADEXSIS DEL VALLE RAMIREZ REQUENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.891.222, natural de San Juan de los Morros, estado Guárico, donde nació el 05-09-1970, de 34 años, de profesión u oficio, comerciante, agricultora y estudiante, de estado civil soltera, hija de Carmen Lucrecia Requena (f) y Julio Rafael Ramírez (v), residenciada en el caserío El Toco, calle La Pradera, cerca del taller de latonería de María Requena, vía Ortiz, estado Guárico; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previst.....