Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, Y DEL TRÁNSITO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Acción de Daños y Perjuicios y Cumplimiento de Contrato intentado por la parte actora, Ciudadano JUAN LUIS MONTERO BARRIOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 3.840.953, en contra de la demandada, MAFRE LA SEGURIDAD S.A. DE SEGUROS, domiciliada en San Juan de los Morros, Estado Guárico, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil del Distrito Federal, en fecha 12 de Mayo de 1.943, bajo el N° 2.135, Tomo 5-A y posteriormente en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, Exp. Nº 929, Inscrita en la Superintendencia de Seguros bajo el Nº 12, con Agencia en esta ciudad. En consecuencia, se REVOCA el fa.....