PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Acción de cumplimiento de contrato por vencimiento del término, intentada por la parte Actora, ciudadano JUAN PABLO RUIZ RODRIGUEZ, de nacionalidad Española, mayor de edad y, titular de la Cédula de Identidad N° 81.047.807, domiciliado en la Ciudad de Altagracia de Orituco, Estado Guárico, en contra del Accionado, Ciudadano LIZARDO JOSÉ CHACÍN DÍAZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.021.845. Se declara SIN LUGAR la apelación intentada por la Accionada y se CONFIRMA el fallo de la recurrida, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de fecha 19 de enero de 2009. En consecuencia, visto el incumplimiento del reo, en entregar el inmueble objeto del presente proceso, (apartamento) distinguido con el N° 3-3, ubicado en el tercer piso del Edificio "La Paz", calle vuelvan caras, de la Ciudad de Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas de.....