JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, CALABOZO. VEINTE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL TRECE (20/06/2013). AÑOS 203º DE LA INDEPENDENCIA Y 154º DE LA FEDERACIÓN.
Visto el escrito de contestación de la reconvención, fecha 19/06/2013, presentado por el ciudadano Carlos José Femayor Castillo venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.538.112, asistido por el abogado Rómulo Antonio Herrera, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 86.299, actuando con el carácter de parte demandante reconvenido en el presente juicio, en el cual procede a formular denuncia de fraude a la Ley contra la parte demandada ciudadano Ramón Emegildo Coello Peña, identificado en autos, este Tribunal la ADMITE y en consecuencia ordena darle el curso de ley correspondiente, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni disposición expresa de la ley. Apertúrese cuaderno separado donde se hará la tramitación correspondi.....