.III.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la acción de Resolución de Contrato intentada por la parte actora Ciudadanos LUIS ALBERTO LÓPEZ RODRÍGUEZ y FLORANGEL ORIHUELA DE LÓPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.389.218 y V-5.157.377, respectivamente, y la empresa mercantil denominada "INVERSIONES COGOYAL", C.A., debidamente inscrita por ante el Registro de Comercio llevado por el Juzgado de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha 22 de enero de 1.998, anotado bajo el N° 22, Tomo Primero; representada por LUIS ALBERTO LÓPEZ RODRÍGUEZ, ut supra identificado y LUIS ALBERTO LÓPEZ ORIHUELA, titular de la cédula de identidad .....