III
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito, y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en sede de Protección del Niño y del Adolescente Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se Declara CON LUGAR, la apelación ejercida, por el ciudadano EDUARDO JOSÉ RUBÍN BELISARIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.309.265, Técnico Superior en Agronomía, domiciliado en Valle de la Pascua, Estado Guárico, solo en lo relativo a la fijación de pensión de alimentos. Se REVOCA PARCIALMENTE el fallo de la recurrida Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente, Juez Unipersonal N° 1, de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de fecha 20 de Octubre de 2.003 solo en lo relativo a la fijación de pensión de alimentos. En consecuencia, ésta Alzada, establece como pensión .....