El Tribunal dejando a salvo los derechos de terceras personas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara conforme a los autos a los ciudadanos YRAIMA COROMOTO SEVILLA, TANIA JOSEFINA SEVILLA, CARLOS JOSE SEVILLA, ROGER CELESTINO SEVILLA, MIRNA JOSEFINA SEVILLA, WILLIAMS JOSE SEVILLA, HECTOR MANUEL SEVILLA, RICARDO ANTONIO SEVILLA, RAMON CELESTINO SEVILLA y JOSE GREGORIO SEVILLA como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Difunta RAMONA SEVILLA. Déjese constancia en el libro diario y devuélvanse originales las presentes actuaciones conforme a lo solicitado.-
El Juez;
Dr. José A. Bermejo La Secretaria Acc,
Abg. Yessica Mora
Seguidamente se devuelve constante de veintidós (22) folios útiles. .....