PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora FONDO DE DESARROLLO MUNICIPAL DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MONAGAS DEL ESTADO GUÁRICO. Se CONFIRMA el auto de la recurrida, Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con Sede en la Ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 17 de Enero del año 2.006, que niega la admisión de las pruebas de la actora relativas al cotejo y la experticia, presentados en los Capítulos IV y V de su escrito de posesión, y así se establece.
SEGUNDO: Se condena en costas al recurrente, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo105 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, y así se decide.
Regístrese, Publíquese, y Déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada, en la Sala del Despacho del JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, TRÁNSITO, Y DE PROTECCIÓN DE.....