DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Primero (1°) de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, AUTORIZA EL PERMISO al penado RAFAEL CELESTINO PARADO, con el objeto de que pueda pernoctar en la casa de habitación de su hermana Amanda Rosa Parada, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.408.241, ubicada su residencia en: Urbanización Luis Tovar, Bloque 14, piso 03, apto. 0306, Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda, por el lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir del 08/08/2006, el cual, concluido dicho lapso, el penado en referencia deberá seguir cumpliendo con su régimen abierto ante el Centro de Tratamiento Comunitario "Dr. Luis Martínez González" ubicado en Ocumare del Tuy, Estado Miranda, todo ello, en cumplimiento a los Fundamentos, Principios y Garantías Constitucionales, en relación con la normati.....