DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Jesús Enrique Carvajal Mirabal, debidamente asistido por el Abogado Baltasar Ramos, inpreabogado Nº 158.563, en contra de la decisión de fecha 13 de abril de 2011, dictada por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, extensión Calabozo, mediante la cual negó la solicitud de entrega de vehículo MARCA: FORD; MODELO: F-150 BARANDAS; TIPO: PICK UP; PLACA: 14KIAC; AÑO: 1980; SERIAL DE CARROCERÍA: AJF15W32947; SERIAL DE MOTOR: 8 CILINDROS; CLASE: CAMIONETA; USO: CARGA, al ciudadano Jesús Enrique Carvajal Mirabal, de conformidad con lo previsto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal; y SEGUNDO:.....