DISPOSITIVA
En virtud de todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Ejecución de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, NIEGA por ser IMPROCEDENTE, la solicitud de PERMISO NAVIDEÑO, al penado ERNESTO ENRIQUE SÁNCHEZ PARACO, titular de la cédula de identidad Nro. 15.393.647, quien se encuentra actualmente en calidad de residente, disfrutando de la medida de prelibertad de RÉGIMEN ABIERTO en el Centro de Tratamiento Comunitario General " Ezequiel Zamora" del Ministerio del Interior y Justicia del Estado Guárico, con sede en esta ciudad , con fundamento en lo establecido en el artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario. Diarícese y publíquese la presente decisión. Notifíquese a las partes. Ofíciese al referido Centro de Tratamiento Comunitario y remítasele copia certificada de la presente decisión. Cúmplase.-
La jueza Tercero de E.....