Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
UNICO: INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO el Recurso de Apelación de auto ejercido por el profesional del derecho Abogado OSWALDO TAHAN, en su condición de Defensor Publico, en la causa Nº JP11-P-2010-000117, nomenclatura del Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, extensión Calabozo seguida al ciudadano DANNY YBRAHIM PAZ, signada en esta Superior Instancia bajo el Nº JP01-R-2013-000111 contra decisión dictada por dicho Tribunal en fecha 16-03-2012, mediante el cual Se CONDENA, al ciudadano DANNY YBRAHIN PAZ, venezolano, mayor de 31 años de edad, estado civil casado, comerciante, natural de Camaguán estado Guarico donde nació el 17-12-1980, hijo de Segunda del Carmen Paz y de Eleazar Gamez, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.603.180, residenci.....