este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la oposición a las medidas efectuada por la parte demandada, y así se decide.
No es necesario notificar a las partes, ya que la presente decisión fue dictada dentro del lapso de Ley.
Se condena en costas a la parte demandada, todo de conformidad con el artículo 274 ejusdem.
Publíquese, incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, Regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, en Valle de la Pascua, a los Diez (10) días del mes de Julio del año 2017. Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
El Juez
Dr. JOSÉ ALBERTO BERMEJO.
La Secretaria
Abog. DA.....