Decisiones del dia 14/06/2010
N° Expediente :
JP11-P-2010-001428
N° Sentencia :
Fecha: 14/06/2010
Procedimiento: Medida Cautelar Sustitutiva De Libertad
Partes: IMPUTADO: RODRIGO EDMUNDO GONZALEZ RODRIGUEZ VICTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO
Resumen:
Este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley; DECIDE: PRIMERO: Se Califica la Aprehensión en flagrancia RODRIGO EDMUNDO GONZALEZ RODRIGUEZ, venezolano, portador de la cedula de identidad Nº V-9.432.639, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, delito previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del estado venezolano, por estar la misma dentro de uno de los supuestos previsto en los artículos 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se Impone MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD RODRIGO EDMUNDO GONZALEZ RODRIGUEZ, venezolano, portador de la cedula de identidad Nº V-9.432.639, natural de Valle de La Pascua Estado Guárico, fecha de nacimiento 15/08/66.....
Juez/Ponente:
Gilda Rosa Arvelaez
Organo:
Tribunal Cuarto de Control
N° Expediente :
18540
N° Sentencia :
Fecha: 14/06/2010
Procedimiento: Rectificación De Acta De Nacimiento
Partes: CARMEN YELITZA FERNANDEZ GUERRA
Resumen:
I I I
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en su competencia Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Rectificación de Partida de Nacimiento intentada por ante este Despacho por la ciudadana CARMEN YELITZA FERNANDEZ GUERRA, y se ordena la rectificación de la Partida de Nacimiento de la solicitante del asiento respectivo en los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados durante el año 1.972 por el Registro Civil del Municipio Autónomo Santa Maria de Ipire, del Estado Guárico, bajo el Nº 47, en el sentido de que donde dice: que es hija de EVELIO FERNANDEZ, que es incorrecto debe decir: que es hija de RAMON FERNANDEZ, que es lo correcto.
De conformidad con lo establecido en el artículo 502 del Código Civil, se ordena la inscripción de la presente decisión, en los libros correspondientes llevados por el mencionado Registro, una vez firme y ejec.....
Juez/Ponente:
José Alberto Bermejo
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil