DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: REDIMIR LA PENA al condenado ALEXANDER RAMON TORRES, venezolano, natural de esta ciudad, nacido en fecha 12-09-1985, de 24 años de edad, profesión u oficio indefinida, soltero, hijo de Raquel Torres (V) y Roger Andrés Sánchez, con residencia en el Calle Alegría, casa 10-21, El Sombrero Estado Guárico, ciudad y titular de la Cédula de Identidad N° V-18.219.481, actualmente recluido en el Internado judicial San Juan de los Morros, por el tiempo de UN (01) AÑOS, SEIS (06) MESES, DIECISEIS (16) DIAS Y DOCE (12) HORAS, todo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 479, ordinal 1°, 507 y 508 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con los artículos 2, 3 y 5 de la Ley de Redención Judicia.....