PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada XING LIN WU, de nacionalidad china, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. E- 82.134.916, domiciliado en la calle Comercio, sector El Médano, frente a la Plaza El Médano de la Ciudad de Zaraza del Municipio Pedro Zaraza, del Estado Guárico, en la acción de desalojo incoada por la parte actora, Ciudadano PHOTIOS GINIS, de nacionalidad griega, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad Nro. E- 82.134.916, domiciliado en la calle el Estribo, sector El Médano, Edificio El Griego de la Ciudad de Zaraza del Municipio Pedro Zaraza, del Estado Guárico. Se REVOCA el fallo de la recurrida, Juzgado Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, de fecha 15 de Diciembre del año 2.010, y así se establece. Se declara SIN LUGAR la acción de desalojo intentada, siendo ésta impro.....