Se declaró: CON LUGAR la pretensión de amparo constitucional interpuesta por los ABGS. ANTONIO ANATO y JESÚS ANTONIO ANATO, quienes actúan en representación de los intereses y derechos del ciudadano PEDRO PORTAN CARPIO GARCIA, en su condición de Víctima, ampliamente identificados en autos, y en el asunto seguido ante el Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, bajo el N° JP11-P-2005-003773, por la comisión de delito de Hurto Calificado de Ganado, presentada en contra del Juzgado Primero de juicio de este Circuito Judicial Penal, Extensión Calabozo, todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 26; 27; 49 y 51 Constitucional, en concordancia con los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 7 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por lo que en consecuencia, y por haberse verificado que ha habido un retardo grave e injustificado en que se inicie conforme a la ley el juicio oral y público, toda vez que el acto d.....