DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: REDIMIR LA PENA al condenado JOSÉ VICENTE OCA ROJAS, venezolano, natural de El Sombrero, Estado Guárico, donde nació el 08-03-1968, de 42 años de edad, soltero, de ocupación u oficio obrero, hijo de Manuel Oca y Carmen Modesta Rojas, residenciado en el Barrio Los Rosales, calle El Triunfo, casa Nº 59-08, titular de la cédula de identidad Nº 9.889.798, por el tiempo de NUEVE (09) MESES Y VEINTISEIS (26) DIAS, todo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 479, ordinal 1°, 507 y 508 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con los artículos 2, 3 y 5 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio.
Remítase copia certificada del presente auto al Director d.....