Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, y del TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la acción de desalojo intentada por la parte Actora Ciudadano NICOLÁS DE JESÚS MADRID, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.622.980 y domiciliado en la ciudad de Calabozo del Estado Guárico, en contra de la arrendataria, Sociedad Mercantil "INVERSIONES BITHARA, C.A." inscrita en el Registro Mercantil III de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, bajo el Nº 41, Tomo 6-A, de fecha 05 de noviembre de 2008, representada por la ciudadana ERIKA MILITZA ÁLVAREZ PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.384.922., al estar el arrendatario solvente con el pago de los cánones de arrendamiento de los meses, Abril, Mayo, Junio, Julio, a.....