Vista la anterior solicitud, interpuesta por la ciudadana LUISA ISABEL MARQUEZ FLORES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-8.173.311, domiciliada en esta ciudad de El Sombrero, Estado Guárico, actuando en su propio nombre y en representación de sus hermanos, MARLENE JOSEFINA FLORES, BETTI LUCIA MARQUEZ FLORES, CIPRIANO RAFAEL MARQUEZ FLORES, WILMAN JOSE MARQUEZ FLORES y JOSE GREGORIO MARQUEZ FLORES, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nºs V-7.282.170, V-8.769.759, V-8.769.760, V-8.789.437 y V-9.891.835 respectivamente, del mismo domicilio, y debidamente asistida por el Abogado en ejercicio CARLOS EDUARDO GARCIA MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 59.999, a fin de que sean declarados, como Únicos y Universales Herederos de la de cujus MARIA CELESTINA FLORES FLORES, quien falleció ab-intestato el día 08-014-2012, en la ciudad de San Juan de Los Morros, Estado Guárico, y quien en vida fuera de na.....