PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación intentada por la parte actora ciudadano HENRY D`JESÚS CONTRERAS DURAN, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-11.463.713, domiciliado en El Vigía, Estado Mérida. En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia de la recurrida, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de Calabozo, de fecha 26 de Febrero de 2.009, y así se decide.
Regístrese, Publíquese, y Déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en la Ciudad de San Juan de los Morros, a los Siete (07) días del mes de Agosto de Dos Mil Nueve (2.009).- Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
El Juez Titular.
Dr. Guillermo Blanco Vázquez.
La Secretaria.
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